Los seres humanos forman parte de grupos tradicionales desde su nacimiento o por incorporación posterior. En ciertos casos, ellos organizan o instituyen dichos grupos. Se define el cuerpo de normas constitutivas de una institución como el sistema de valores para cuyo logro los seres humanos se organizan o se incorporan a organizaciones existentes. Por otro lado, se define el elemento humano de la institución como el grupo regulado por precisos principios de autoridad, división de funciones y distribución de privilegios y deberes. Constituyen las reglas o normas de una institución, las destrezas técnicas adquiridas, los hábitos, los preceptos legales o mandamientos éticos que son aceptados por los miembros o a ellos impuestos. Resulta claro, tal vez, que tanto la organización de las personas como la naturaleza de las reglas seguidas están definidamente relacionadas con aquellas normas constitutivas. Ambos términos, el conjunto humano y las reglas, derivan y dependen de su constitución normativa.
Toda organización está invariablemente basada sobre la íntima correspondencia con el ambiente material que la circunda. Ninguna institución está suspendida en el aire o flota de manera vaga e indefinida a través del espacio.
Todas descansan sobre un substrato material, esto es, en un reservado sector de elementos ambientes, constituido por riqueza, instrumentos y también una porción de beneficios que se acrecientan como resultado de las actividades concertadas. Organizado sobre la base de un cuerpo de normas, actuando de acuerdo con la cooperación social, siguiendo las reglas de su ocupación específica, usando y disponiendo de un equipo material, el grupo se empeña en el cumplimiento de sus actividades.
La distinción entre actividades y reglas es clara y precisa. Las primeras dependen de la destreza, del poder, de la honestidad, de la buena intención de los miembros. Ellas invariablemente se desvían de las reglas, que representan el cumplimiento ideal, no necesariamente su realidad. Por otra parte, las actividades están incorporadas a la conducta concreta en tanto que las reglas con frecuencia se manifiestan sólo en preceptos, textos y regulaciones. Por fin, introducimos el concepto de función, esto es, el resultado integral de actividades organizadas, distinguible por consiguiente del cuerpo de normas, vale decir, del objetivo, del fin nuevo o tradicional que se tiende a lograr. La distinción es esencial.
Todo tipo de actividad efectiva debe organizarse de una sola y determinada manera, en virtud de la cual llegue a estabilizarse culturalmente, esto es, a incorporarse a la herencia cultural de un grupo.
El diagrama anterior parte de las siguientes proposiciones: cada institución, o sea, un tipo organizado de actividad, tiene una estructura definida. Con el propósito de observar, comprender, describir y hablar teóricamente acerca de una institución, es necesario analizarla de la manera aquí indicada. Esto es aplicable al trabajo de campo y a cualquier estudio comparativo entre distintas culturas, a los problemas de antropología aplicada y sociología, y en verdad a cualquier enfoque científico, en materias en las cuales la cultura es el asunto principal. Ningún elemento, rasgo, costumbre o idea puede ser definida, a menos que se la ubique dentro de su manifiesto y verdadero marco institucional. La institución es la verdadera unidad del análisis cultural. Afirmamos pues que resultará incorrecto cualquier otro tipo de discusión o demostración que sólo considere rasgos aislados o complejos que no sean los que integran la estructura institucional.